Legislación › Ley 11/2003, de 10 de abril, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad.
Artículo 24. Criterios de formación profesional.
Artículo 24. Criterios de formación profesional.
Periódicamente se desarrollarán los criterios a seguir en orden a la programación y promoción de la formación profesional de las personas con discapacidad, con el fin de garantizar una formación adecuada a sus características, incluyendo en dicha programación cuantas medidas sean necesarias para que el desarrollo tecnológico suponga más independencia de este colectivo.


