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Legislación › Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal.

ANEXO VI

ANEXO VI

Complemento específico de los miembros de la carrera fiscal por responsabilidad y penosidad

  Cuantías mensuales en euros
Por responsabilidad Por penosidad
Fiscal Jefe de Tribunal Superior de Justicia. 404,76 –
Teniente Fiscal de Tribunal Superior de Justicia. 241,35 –
Fiscal Jefe de Audiencia Provincial. 301,74 –
Teniente Fiscal de Audiencia Provincial. 118,07 –
Teniente Fiscal ante la Audiencia Nacional. 179,1 660,02
Fiscales de la Audiencia Nacional. – 660,02
Teniente Fiscal ante el Tribunal Constitucional. 334,73 504,39
Teniente Fiscal Inspector de la Fiscalía General del Estado. 179,1 379,86
Fiscales Inspectores de la Fiscalía General del Estado. 140,18 379,86
Fiscales de la Secretaria Técnica de la Fiscalía General del Estado. 118,07 379,86
Teniente Fiscal de la Fiscalía Especial de Prevención y Represión de Tráfico ilegal de Drogas. 179,1 660,02
Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial de Prevención y Represión de Tráfico ilegal de Drogas. – 660,02
Teniente Fiscal de la Fiscalía Especial de Represión de Delitos Económicos relacionados con la Corrupción. 179,1 660,02
Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial de Represión de Delitos Económicos relacionados con la Corrupción. – 660,02
Teniente Fiscal ante el Tribunal de Cuentas. 179,1 379,86
Fiscales ante el Tribunal de Cuentas. – 379,86
Fiscales coordinadores. 118,07 –
Fiscales del Tribunal Supremo. 326,93 504,39
Fiscales del Tribunal Constitucional. 326,93 504,39

Se sustituye por el art. único.3 del Real Decreto 85/2025, de 11 de febrero. BOE-A-2025-2574 

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de febrero de 2025 En vigor BOE-A-2025-2574 Leer Qué cambió
28 de mayo de 2003 Texto original Leer

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