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Legislación › Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Artículo 103. Aprobación del monopolio por la Comunidad de Madrid.

Artículo 103. Aprobación del monopolio por la Comunidad de Madrid.

El ejercicio en régimen del monopolio de las actividades reservadas a las Entidades Locales en la legislación estatal de régimen local u otras leyes sectoriales, deberá adoptarse por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Entidad. Dicho acuerdo y el expediente completo se elevarán a la Comunidad de Madrid para su aprobación por el Gobierno. Reglamentariamente, se desarrollará el procedimiento, que no tendrá una duración superior a seis meses y los efectos del silencio administrativo serán desestimatorios.

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