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Legislación › Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid.

Artículo 31. Consejeros designados por el sector de las personas o Entidades Fundadoras.

Artículo 31. Consejeros designados por el sector de las personas o Entidades Fundadoras.

Los Consejeros Generales correspondientes al sector de las personas o Entidades Fundadoras serán designados directamente por las mismas.

Se modifica por el art. único.4 de la Ley 2/2009, de 23 de junio. BOE-A-2009-13863.

Se suspende la vigencia y aplicación de este artículo, en la redacción dada por la Ley 3/2008, de 29 de diciembre. BOE-A-2009-4514., desde el 30 de marzo de 2009 para las partes del proceso y desde el 29 de abril de 2009 para los terceros, por providencia del TC de 21 de abril de 2009 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 2964/2009. BOE-A-2009-7112.

Téngase en cuenta que se declara el desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad 2964/2009. BOE-A-2009-7112. por Auto del TC de 29 de septiembre de 2009.

Se modifica por el art. 28.3 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre. BOE-A-2009-4514.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de junio de 2009 En vigor BOE-A-2009-13863 Leer Qué cambió
29 de abril de 2009 BOE-A-2009-7112 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-4514 Leer Qué cambió
18 de marzo de 2003 Texto original Leer

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