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Legislación › Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid.

Artículo 44. Lista de asistentes.

Artículo 44. Lista de asistentes.

Antes de entrar en el orden del día se formará la lista de los asistentes. El Presidente hará público el número de miembros asistentes en la Asamblea y mencionará las demás personas que asisten por disposición legal o estatutaria, o por invitación suya.

Se modifica por el art. único.28 de la Ley 1/2011, de 14 de enero. BOE-A-2011-11179.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de enero de 2011 En vigor BOE-A-2011-11179 Leer Qué cambió
18 de marzo de 2003 Texto original Leer

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