Legislación › Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
Disposición adicional primera. Bolsa de excedentes de tierras.
Disposición adicional primera. Bolsa de excedentes de tierras.
Con objeto de promover el uso racional de los recursos y el aprovechamiento de los excedentes de tierras generados en obras públicas o privadas, antes del 31 de diciembre de 2004, se crea la Bolsa de Excedentes de Tierras de la Comunidad de Madrid cuyo régimen jurídico se establecerá reglamentariamente.


