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Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

Derogada o sin vigencia Comunidad de Madrid · Publicada el 29 de mayo de 2003 · Último cambio el 24 de abril de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  6. Artículo 2. Objetivos.
  7. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  8. Artículo 4. Definiciones.
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 5. Competencias de las Entidades Locales en materia de residuos.
  11. Artículo 6. Régimen de dispensa y régimen de sustitución.
  12. Artículo 7. Competencias de la Comunidad de Madrid.
  13. Artículo 8. Colaboración y coordinación interadministrativas.
  14. TÍTULO II
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 9. Planes de residuos de la Comunidad de Madrid.
  17. Artículo 10. Procedimiento de elaboración.
  18. Artículo 11. Efectos.
  19. Artículo 12. Revisión.
  20. CAPÍTULO II
  21. Artículo 13. Planes de residuos de las Entidades Locales.
  22. Artículo 14. Elaboración.
  23. Artículo 15. Revisión.
  24. Artículo 16. Planificación urbanística municipal.
  25. TÍTULO III
  26. Artículo 17. Garantías financieras de las actividades sometidas a autorización.
  27. TÍTULO IV
  28. Artículo 18. Obligaciones.
  29. Artículo 19. Régimen especial.
  30. Artículo 20. Sistemas Organizados de Gestión.
  31. Artículo 21. Suspensión y revocación de la autorización.
  32. Artículo 22. Convenios de colaboración.
  33. Artículo 23. Medidas excepcionales en caso de cese de actividad de los sistemas organizados de gestión de residuos.
  34. TÍTULO V
  35. CAPÍTULO I
  36. Artículo 24. Supuestos en los que se exige autorización.
  37. Artículo 25. Obligaciones del productor y del poseedor.
  38. Artículo 26. Importación, adquisición intracomunitaria, intermediación y agencia.
  39. Artículo 27. Traslado transfronterizo de residuos en el interior de la Unión Europea.
  40. CAPÍTULO II
  41. Artículo 28. Obligaciones en materia de entrega de residuos urbanos.
  42. Artículo 29. Puntos Limpios.
  43. Artículo 30. Centros de recogida.
  44. Artículo 31. Recogida selectiva en grandes superficies.
  45. CAPÍTULO III
  46. Artículo 32. Procedimiento para el otorgamiento de la autorización.
  47. Artículo 33. Estudio de Minimización de Residuos Peligrosos.
  48. Artículo 34. Contenido de la autorización.
  49. Artículo 35. Duración, modificación y transmisión de la autorización.
  50. Artículo 36. Suspensión y revocación de la autorización.
  51. Artículo 37. Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos.
  52. Artículo 38. Obligaciones de los productores de residuos peligrosos.
  53. CAPÍTULO IV
  54. Artículo 39. Aceites usados de vehículos a motor.
  55. Artículo 40. Principios de proximidad y suficiencia en la gestión de aceites usados.
  56. CAPÍTULO V
  57. Artículo 41. Producción de RCD.
  58. TÍTULO VI
  59. CAPÍTULO I
  60. Artículo 42. Principios generales.
  61. Artículo 43. Registros.
  62. Artículo 44. Supuestos en los que se exige autorización para llevar a cabo operaciones de gestión de residuos.
  63. Artículo 45. Procedimiento para la obtención de la autorización de las instalaciones.
  64. Artículo 46. Contenido de la autorización.
  65. Artículo 47. Duración, modificación y transmisión de la autorización.
  66. Artículo 48. Suspensión y revocación de la autorización.
  67. Artículo 49. Obligaciones del gestor.
  68. CAPÍTULO II
  69. Artículo 50. Normas en materia de gestión de residuos urbanos.
  70. Artículo 51. Intervención autonómica de las actividades de gestión realizadas por Entidades Locales.
  71. CAPÍTULO III
  72. Artículo 52. Autorización de la gestión de residuos peligrosos.
  73. Artículo 53. Obligaciones de los gestores de residuos peligrosos.
  74. CAPÍTULO IV
  75. Artículo 54. Transporte de RCD.
  76. Artículo 55. Valorización de Residuos de Construcción y Demolición.
  77. TÍTULO VII
  78. Artículo 56. Declaración de suelos contaminados.
  79. Artículo 57. Contenido de la Declaración.
  80. Artículo 58. Efectos de la Declaración.
  81. Artículo 59. Descontaminación del suelo.
  82. Artículo 60. Informes de situación del suelo.
  83. Artículo 61. Relación con el Planeamiento Urbanístico.
  84. Artículo 62. Acuerdos voluntarios y convenios de colaboración.
  85. TÍTULO VIII
  86. Artículo 63. Subvenciones.
  87. Artículo 64. Promoción.
  88. TÍTULO IX
  89. Artículo 65. Órganos competentes.
  90. Artículo 66. Servicios de inspección y vigilancia de la Comunidad de Madrid.
  91. Artículo 67. Actas de Inspección.
  92. Artículo 68. Deber de colaboración.
  93. TÍTULO X
  94. CAPÍTULO I
  95. Artículo 69. Infracciones.
  96. Artículo 70. Responsabilidad. 2 redacciones · cambió el 29/12/2010
  97. Artículo 71. Infracciones muy graves.
  98. Artículo 72. Infracciones graves.
  99. Artículo 73. Infracciones leves. 2 redacciones · cambió el 29/12/2010
  100. Artículo 74. Prescripción de las infracciones.
  101. Artículo 75. Sanciones.
  102. Artículo 76. Graduación de las sanciones.
  103. Artículo 77. Prescripción de las sanciones.
  104. Artículo 78. Publicidad de las sanciones.
  105. Artículo 79. Compatibilidad de las sanciones.
  106. Artículo 80. Reparación e indemnización de los daños al medio ambiente.
  107. Artículo 81. Vía de apremio.
  108. CAPÍTULO II
  109. Artículo 82. Procedimiento sancionador.
  110. Artículo 83. Relación con el orden jurisdiccional penal.
  111. Artículo 84. Medidas provisionales urgentes.
  112. Artículo 85. Medidas cautelares.
  113. Artículo 86. Órganos competentes. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  114. Artículo 87. Coordinación y sustitución.
  115. Artículo 88. Colaboración interadministrativa.
  116. Disposición adicional primera. Bolsa de excedentes de tierras.
  117. Disposición adicional segunda. Declaración de servicio público de titularidad autonómica. 2 redacciones · cambió el 01/06/2004
  118. Disposición adicional tercera. Declaración de servicio público de titularidad municipal. 2 redacciones · cambió el 01/06/2004
  119. Disposición adicional cuarta. Normas específicas aplicables a la producción y gestión de residuos sanitarios.
  120. Disposición adicional quinta. Gestión de residuos a través de formas de la Administración Institucional.
  121. Disposición adicional sexta. Residuos biodegradables.
  122. Disposición adicional séptima. Habilitación reglamentaria.
  123. Disposición transitoria primera. Planes autonómicos vigentes.
  124. Disposición transitoria segunda. Planes autonómicos en proceso de elaboración.
  125. Disposición transitoria tercera. Adaptación de los planes municipales.
  126. Disposición transitoria cuarta. Autorizaciones en proceso de otorgamiento.
  127. Disposición transitoria quinta. Autorizaciones de transporte.
  128. Disposición transitoria sexta. Cálculo de la fianza a depositar por los transportistas de residuos peligrosos.
  129. Disposición transitoria séptima. Plan Regional de Lodos de Depuración.
  130. Disposición derogatoria única. Derogaciones y vigencias.
  131. Disposición final primera. Modificación del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, modificado por Ley 12/2002, de 19 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
  132. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento de la Comunidad de Madrid.
  133. Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
  134. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  135. Firma