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Legislación › Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

Disposición transitoria séptima. Plan Regional de Lodos de Depuración.

Disposición transitoria séptima. Plan Regional de Lodos de Depuración.

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, la Consejería competente en materia de medio ambiente elaborará y someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el «Plan Regional de Lodos de Depuración».

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