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Legislación › Ley 6/2003, de 20 de marzo, del Impuesto sobre Depósito de Residuos.

Disposición adicional única.

Disposición adicional única.

1. Los contribuyentes quedan obligados a declarar el volumen o peso de los residuos que entreguen antes de su depósito en los vertederos.

2. Los sustitutos de los contribuyentes quedan obligados a verificar el peso o volumen, según proceda, de los residuos depositados, declarados por el contribuyente.

A tales efectos, los sustitutos de los contribuyentes deberán instalar y mantener mecanismos de pesaje.

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