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Legislación › Ley 13/2003, de 4 de abril, de Educación y Formación Permanente de Personas Adultas de Canarias.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias adoptará las disposiciones precisas para el desarrollo de la presente Ley y para la adaptación e integración del marco reglamentario actual con la misma. Las administraciones locales procederán a su ejecución en el ámbito de sus competencias.

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