Legislación › Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.
Artículo 35. Régimen tributario.
Artículo 35. Régimen tributario.
«Puertos Canarios» está sometido al mismo régimen tributario que corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, gozando de idénticas exenciones y beneficios fiscales.
Se declara la vigencia por la disposición final 6 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. BOE-A-2012-9282
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de julio de 2012 En vigor | BOE-A-2012-9282 | Leer | Qué cambió |
| 5 de junio de 2003 | Texto original | Leer |


