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Legislación › Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.

Artículo 35. Régimen tributario.

Artículo 35. Régimen tributario.

«Puertos Canarios» está sometido al mismo régimen tributario que corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, gozando de idénticas exenciones y beneficios fiscales.

Se declara la vigencia por la disposición final 6 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. BOE-A-2012-9282

Redacciones de este artículo

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1 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9282 Leer Qué cambió
5 de junio de 2003 Texto original Leer

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