Legislación › Ley 15/2003, de 8 de abril, de la Mediación Familiar.
Artículo 10. Iniciación del proceso.
Artículo 10. Iniciación del proceso.
El proceso de mediación familiar se iniciará mediante solicitud escrita en tal sentido realizada por todas las partes en conflicto, o de cualquiera de ellas con el consentimiento de la otra.


