Legislación › Ley 15/2003, de 8 de abril, de la Mediación Familiar.
Disposiciones final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposiciones final primera. Desarrollo reglamentario.
Se autoriza a la consejería competente en materia de mediación familiar para que, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, dicte las disposiciones reglamentarias precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley.
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