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Legislación › Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial.

Artículo 17. De la autoorganización.

Artículo 17. De la autoorganización.

El Colegio, en el ejercicio de su potestad de autoorganización interna, ejercerá las siguientes funciones:

a) Aprobar el Reglamento de régimen interior, en desarrollo y con sujeción a los presentes Estatutos generales.

b) Aprobar y ejecutar sus presupuestos.

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