Legislación › Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia.
Artículo 126. Clases de sistemas de actuación.
Artículo 126. Clases de sistemas de actuación.
1. Los polígonos se desarrollarán por el sistema de actuación que la Administración determine en cada caso.
2. Los sistemas de actuación son los siguientes:
a) Sistemas de actuación directos:
1. Cooperación.
2. Expropiación.
b) Sistemas de actuación indirectos:
1. Concierto.
2. Compensación.
3. Concesión de obra urbanizadora.
3. La expropiación forzosa podrá aplicarse, además, para la ejecución de los sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o de alguno de sus elementos, o para realizar actuaciones aisladas en suelo urbano.


