Legislación › Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia.
Artículo 130. Polígonos con aprovechamiento real inferior al susceptible de apropiación.
Artículo 130. Polígonos con aprovechamiento real inferior al susceptible de apropiación.
Cuando los aprovechamientos permitidos por el planeamiento fueran inferiores a los susceptibles de apropiación por el conjunto de los propietarios, se compensará la diferencia con los excesos de aprovechamiento en otros polígonos del área de reparto que se encuentren en situación inversa.


