Legislación › Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
Artículo 41. Participación en el ámbito de los centros.
Artículo 41. Participación en el ámbito de los centros.
En todos los centros públicos donde se presten servicios sociales o se realicen actividades sociales, así como en los privados dependientes de entidades colaboradoras u otros que reciban financiación pública, se establecerán sistemas de participación democrática de los usuarios o de sus familias en la forma que se determine reglamentariamente.


