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Legislación › Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 8. Reserva de denominación.

Artículo 8. Reserva de denominación.

Quedan reservadas a las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid, para su exclusiva utilización, los nombres de sus entidades gestoras, así como las expresiones referidas a "Sistema Público de Servicios Sociales", "Asistencia Social" y "Centro de Servicios Sociales" ; en cualquiera de sus formas o combinaciones, o cualquier otra que pueda inducir a confusión con las prestaciones del Sistema Público.

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