Legislación › Ley 18/2003, de 11 de abril, de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Canarias.
Disposición transitoria cuarta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de mayo de 2003 y la del 1 de enero de 2019.
Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición transitoria cuarta.
Los órganos de gobierno de las Cámaras existentes a la entrada en vigor de la presente ley, continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta la finalización del mandato. (Suprimida).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-860 | Leer | Qué cambió |
| 7 de mayo de 2003 | Texto original | Leer |
← Disposición transitoria tercera Índice Disposición derogatoria única →


