LexTotal

Legislación › Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características.

Disposición adicional única. Remisión de información por vía telemática.

Disposición adicional única. Remisión de información por vía telemática.

La documentación requerida para la expedición del pasaporte no será exigible cuando el órgano competente para su expedición pueda obtenerla o consultarla por medios telemáticos.

Se modifica por el art. único.7 del Real Decreto 411/2014, de 6 de junio. BOE-A-2014-6663.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de junio de 2014 En vigor BOE-A-2014-6663 Leer Qué cambió
13 de julio de 2003 Texto original Leer

← Artículo 10 Índice Disposición transitoria única →