Legislación › Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales.
Disposición adicional quinta. Expropiación forzosa.
Disposición adicional quinta. Expropiación forzosa.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, la aprobación de los planes provinciales e insulares de cooperación y de los planes de inversión, regulados respectivamente en los capítulos II y III de este real decreto, implicará la declaración de utilidad pública para las obras y servicios incluidos en aquéllos y la necesidad de ocupación de los terrenos y edificios a efectos de su expropiación forzosa.
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