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Legislación › Ley 9/2002, de 14 de noviembre, de Impulso a la Localización Industrial de Extremadura.

Artículo 6. Procedimiento para la calificación.

Artículo 6. Procedimiento para la calificación.

1. La calificación de un “Proyecto de Interés Prioritario para Extremadura” será acordada, mediante decreto, por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a propuesta de la Consejería con competencias en materia de Industria.

2. En el Decreto declarativo de la calificación, se establecerá la duración y localización de los beneficios que en cada caso se concedan, así como la apertura del procedimiento expropiatorio correspondiente.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.4 de la Ley 8/2019, de 5 de abril. BOE-A-2019-7221

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9 de mayo de 2019 En vigor BOE-A-2019-7221 Leer Qué cambió
15 de diciembre de 2002 Texto original Leer

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