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Legislación › Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria.

Disposición adicional séptima.

Disposición adicional séptima.

Deben establecerse por reglamento la organización y el funcionamiento del Registro de envasadores y embotelladores de vinos y bebidas alcohólicas.

Se modifica por el art. 5 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre. BOE-A-2012-547.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-547 Leer Qué cambió
21 de julio de 2003 Texto original Leer

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