Legislación › Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria.
Disposición adicional séptima.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de julio de 2003 y la del 31 de diciembre de 2011.
Tachado: lo que se quitó (25 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Disposición adicional séptima.
Deben establecerse por reglamento el Registro de Envasadores de Vinos y Bebidas Alcohólicas la organización y el funcionamiento del Registro de Distintivos de Origen envasadores y Calidad de Cataluña, ambos con rango embotelladores de sección, y debe regularse su organización vinos y funcionamiento. bebidas alcohólicas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-547 | Leer | Qué cambió |
| 21 de julio de 2003 | Texto original | Leer |
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