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Legislación › Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de Creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón.

Artículo 26. Gestión económico-financiera.

Artículo 26. Gestión económico-financiera.

1. El Centro no podrá prestar avales a terceros ni emitir Deuda. Para la concertación de préstamos deberá contar con la autorización del Consejero competente en materia de hacienda.

2. El control de la gestión económico-financiera del Centro se llevará a cabo por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como por cuantos órganos e instituciones tengan atribuido el ejercicio de esta función de control.

3. El Centro estará sujeto al sistema de contabilidad pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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