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Legislación › Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón.

Disposición adicional segunda. Planes comarcales de protección civil.

Disposición adicional segunda. Planes comarcales de protección civil.

Las comarcas que asuman competencias en materia de protección civil elaborarán su plan territorial de protección civil en el plazo de un año desde la asunción efectiva de dicha competencia. Transcurrido dicho plazo, podrá aplicarse lo previsto en el artículo 29.3 de esta Ley.

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