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Legislación › Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón.

Disposición derogatoria primera. Derogación expresa.

Disposición derogatoria primera. Derogación expresa.

Quedan expresamente derogadas las siguientes disposiciones:

a) El Decreto 174/1988, de 5 de diciembre, por el que se asignan y se regulan determinados aspectos de las competencias en materia de protección civil.

b) El Decreto 7/1989, de 17 de enero, por el que se regula la aplicación del Real Decreto 886/1988, de 15 de julio.

c) El Decreto 119/1992, de 7 de julio, por el que se regulan las competencias en materia de protección civil.

d) El artículo 19 de la Ley 12/1998, de 22 de diciembre, de medidas tributarias, financieras y administrativas.

e) Las referencias a los cuerpos de bomberos contenidas en la disposición adicional segunda de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

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