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Legislación › Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales.

Artículo 19. Principios generales.

Artículo 19. Principios generales.

1. El Cuerpo de Agentes Rurales, atendiendo a sus peculiaridades profesionales, tiene un comité de seguridad y salud propio, cuyas funciones y composición deben establecerse por reglamento.

2. Los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales tienen derecho a una revisión médica anual, en la cual es preciso tener en cuenta la especialidad y la problemática de las condiciones de trabajo del colectivo.

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