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Legislación › Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares.

Disposición adicional séptima. Compatibilidad de recompensas colectivas e individuales.

Disposición adicional séptima. Compatibilidad de recompensas colectivas e individuales.

Una misma acción, hecho o servicio no podrá ser premiada con más de una recompensa militar. No obstante, el reconocimiento del derecho a usar las insignias individuales representativas de recompensas colectivas concedidas a unidades, centros u organismos militares por acciones, hechos o servicios llevados a cabo en colectividad no será impedimento para que se pueda recompensar individualmente, a los que tengan reconocido tal derecho, con otra recompensa distinta a la colectiva.

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