Legislación › Orden PRE/2440/2003, de 29 de agosto, por la que se desarrolla la regulación de la tasa por asignación del recurso limitado de nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (.es).
Cuarto. Tarifas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de diciembre de 2003 y la del 7 de junio de 2005.
Tachado: lo que se quitó (144 palabras). Subrayado: lo que se añadió (30 palabras).
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Cuarto. Tarifas.
La cuantía de la tasa será única por cada nombre de dominio cuya asignación o renovación se solicite.
La tasa se devengará por la asignación anual inicial y por la renovación anual de nombres de dominio, de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa primera. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de segundo nivel: 94,83 euros. Renovación anual: 86,21 27,59 euros.
Tarifa segunda. Asignación anual inicial de nombres de dominio de segundo nivel asignados a personas físicas y que estén compuestos exclusivamente por su nombre y apellidos: 34,48 euros. Renovación anual: 31,90 euros. o renovación anual
Tarifa tercera. Asignacióninicial de nombres de dominio de tercer nivel bajo los indicativos «.edu.es» ".edu.es" y «.gob.es»: 51,72 euros. Renovación anual: 46,55 ".gob.es": 30,17 euros.
Tarifa cuarta. tercera. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de tercer nivel que se otorgan bajo el resto de los indicativos: 21,55 euros. Renovación anual: 19,83 11,64 euros.
Tarifa quinta. cuarta. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de segundo nivel, solicitada a través de agente registrador: 51,72 euros. Renovación anual: 46,55 4,09 euros.
Tarifa sexta. quinta. Asignación anual inicial de nombres de dominio de segundo nivel asignados a personas físicas y que estén compuestos exclusivamente por su nombre y apellidos, solicitada a través de agente registrador: 17,24 euros. Renovación anual: 15,52 euros. o renovación anual
Tarifa séptima. Asignacióninicial de nombres de dominio de tercer nivel bajo los indicativos «.edu.es» ".edu.es" y «.gob.es», ".gob.es", solicitada a través de agente registrador: 17,24 euros. Renovación anual: 15,52 10,34 euros.
Tarifa octava. sexta. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de tercer nivel que se otorgan bajo el resto de los indicativos, solicitada a través de agente registrador: 5,17 euros. Renovación anual: 5.17 euros. 1,29 euros.
Tarifa novena. Asignación anual inicial de nombres de dominio especiales: 172,41 euros. Renovación anual: 155,17 euros.
Tarifa décima: Asignación anual inicial de nombres de dominio especiales, solicitada a través de agente registrador: 155,17 euros. Renovación anual: 138,79
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de junio de 2005 En vigor | BOE-A-2005-9367 | Leer | Qué cambió |
| 9 de diciembre de 2003 | Texto original | Leer |


