Legislación › Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
Disposición adicional novena. Habilitación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de marzo de 2019 y la del 15 de noviembre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (55 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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Disposición adicional novena. Habilitación.
Mediante Orden del Ministerio de Justicia, de haber disponibilidad presupuestaria (Anulada)
Téngase en cuenta que lo permita, se podrán establecer las circunstancias y condiciones que permitan declara la aplicación nulidad del artículo 10 a aquellas sustituciones excluidas Real Decreto 101/2019, de retribución en virtud 1 de lo previsto en su apartado 4, siempre marzo, que añadía esta disposición, por circunstancias excepcionales y previo informe favorable Sentencia del Secretario TS de Gobierno correspondiente, hayan implicado una singular carga 30 de trabajo para el sustituto. octubre de 2019. BOE-A-2019-16423
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-16423 | Leer | Qué cambió |
| 13 de marzo de 2019 | BOE-A-2019-3485 | Leer |
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