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Legislación › Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Disposición adicional novena. Habilitación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de marzo de 2019 y la del 15 de noviembre de 2019. Tachado: lo que se quitó (55 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional novena. Habilitación.
Mediante Orden del Ministerio de Justicia, de haber disponibilidad presupuestaria (Anulada)
Téngase en cuenta
que lo permita, se podrán establecer las circunstancias y condiciones que permitan declara la aplicación nulidad del artículo 10 a aquellas sustituciones excluidas Real Decreto 101/2019, de retribución en virtud 1 de lo previsto en su apartado 4, siempre marzo, que añadía esta disposición, por circunstancias excepcionales y previo informe favorable Sentencia del Secretario TS de Gobierno correspondiente, hayan implicado una singular carga 30 de trabajo para el sustituto. octubre de 2019. BOE-A-2019-16423

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de noviembre de 2019 En vigor BOE-A-2019-16423 Leer Qué cambió
13 de marzo de 2019 BOE-A-2019-3485 Leer

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