Legislación › Real Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento (CE) n.º 753/2002 de la Comisión, de 29 de abril de 2002, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1493/1999 del Consejo, en lo que respecta a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas.
ANEXO VIII
ANEXO VIII
Para indicar que el embotellado de un VCPRD (incluidos los VACPRD y VLCPRD) se ha producido en la región determinada, sólo se podrá utilizar alguna de las siguientes menciones (artículo 18):
«Embotellado en la región de producción».
«Embotellado en la región determinada».
«Embotellado en origen».


