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Legislación › Real Decreto 1256/2003, de 3 de octubre, por el que se determinan las autoridades competentes de la Administración General del Estado en materia de transporte de mercancías peligrosas y se regula la comisión para la coordinación de dicho transporte.

Disposición adicional segunda. No incremento del gasto público.

Disposición adicional segunda. No incremento del gasto público.

La aprobación de este real decreto no supondrá incremento del gasto público. La organización y funcionamiento de la Comisión para la coordinación del transporte de mercancías peligrosas se atenderá con los medios personales y materiales de la Subsecretaría de Fomento.

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