Legislación › Real Decreto 1271/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Artículo 16. Organización territorial del colegio.
Artículo 16. Organización territorial del colegio.
1. El colegio es único y se organiza territorialmente en demarcaciones.
2. La sede central estará situada en Madrid y en ella residirán los órganos generales del colegio.
3. Cada demarcación tendrá su sede donde disponga su reglamento particular y en ella residirá el órgano territorial del colegio.
4. La sede central y las demarcaciones dispondrán de locales y del personal necesario para la prestación de sus respectivos servicios.


