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Legislación › Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores.

Artículo 34. Procedimiento para la declaración de nulidad o lesividad.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de abril de 2010 y la del 7 de diciembre de 2023. Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 34. Procedimiento para la declaración de nulidad o lesividad.
El procedimiento para la declaración de nulidad o lesividad se ajustará a lo establecido en el capítulo I del título VII V de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, 39/2015, de Régimen Jurídico 1 de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. octubre.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2023-24843 Leer Qué cambió
16 de abril de 2010 BOE-A-2010-5038 Leer Qué cambió
28 de enero de 2004 Texto original Leer

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