Legislación › Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Artículo 70. Competencias.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de marzo de 2011 y la del 5 de febrero de 2004.
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Artículo 70. Facultades de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Competencias.
1.Corresponde 1. Corresponde a la Comisión Nacional del Mercado de Valores CNMV la supervisión e inspección de las personas físicas y entidades previstas en el artículo 69 y la vigilancia del cumplimiento de sus obligaciones. obligaciones, en cuanto no esté expresamente atribuida a otros organismos.
2. Las disposiciones contenidas en los artículos 85 y 90 de la Ley del Mercado de Valores resultarán Para el ejercicio de aplicación a las funciones de supervisión e inspección de previstas en este título, la Comisión Nacional del Mercado CNMV podrá recabar de Valores sobre las referidas personas físicas y entidades sujetas al ámbito cuantas informaciones estime necesarias sobre los extremos que interese, relacionados con las materias objeto de esta Ley. ley. Con el fin de recabar dicha información o de confirmar su veracidad, la CNMV podrá realizar cuantas inspecciones considere necesarias.
3. La supervisión y Los sujetos inspeccionados quedan obligados a poner a disposición de la CNMV cuantos libros, registros y documentos ésta considere precisos sea cual sea el formato en que se hallen.
4. La inspección prevista en el presente artículo podrá versar, entre otras, versar sobre la situación legal, técnica, técnica y económico-financiera, de control interno, contable o de valoración, así como sobre las condiciones en que ejercen su actividad, ya sea con carácter general o referidas a cuestiones concretas.
5. Las disposiciones contenidas en el artículo 90 de la Ley del Mercado de Valores, con las necesarias adaptaciones referentes a las IIC sometidas al ámbito de esta ley, resultarán de aplicación a las funciones de supervisión de la CNMV recogidas en este texto legal.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de febrero de 2004 En vigor | Texto original | Leer | Qué cambió |
| 6 de marzo de 2011 | BOE-A-2011-4117 | Leer |


