Legislación › Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición final quinta. Habilitación para desarrollo reglamentario.
Disposición final quinta. Habilitación para desarrollo reglamentario.
Se habilita al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley.


