Legislación › Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
1. Esta ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las modificaciones de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, recogidas en las disposiciones finales segunda y tercera de esta ley serán de aplicación a los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2004.


