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Legislación › Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Disposición adicional primera. Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas.

Disposición adicional primera. Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas.

Anualmente, la Intervención General de la Administración del Estado remitirá al Tribunal de Cuentas informe sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del ejercicio del control financiero.

El régimen de responsabilidad contable en materia de subvenciones se regulará de acuerdo con la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

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