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Legislación › Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.

Artículo 1. Aprobación del arancel.

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Artículo 1. Aprobación del arancel.
Se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales, que se inserta a continuación.
Dicho arancel tendrá carácter de máximo, quedando prohibida la fijación de límites mínimos para las cantidades devengadas en relación con las distintas actuaciones profesionales y sobre la cuantía global que no podrá exceder de 75.000 €.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de abril de 2024 En vigor BOE-A-2024-7705 Leer Qué cambió
5 de mayo de 2022 BOE-A-2022-7186 Leer Qué cambió
21 de noviembre de 2003 Texto original Leer

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