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Legislación › Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.

Artículo 24. Incidencias.

Artículo 24. Incidencias.

1. Por la solicitud de remoción de depósito, la presentación de documentos fuera del término de prueba, alzamiento y cancelación de embargo, determinación de cuantía, cesión de remate, subrogación de derechos y desistimiento, el procurador devengará la cantidad de 22,29 euros por cada una de las incidencias.

2. Por la solicitud de las medidas que tiendan a asegurar el resultado del procedimiento, como actuaciones anticipadas de prueba, anotaciones preventivas de embargo en cualquier registro público, y sus prórrogas, oposición al embargo por tercero, retención de sueldos, saldos, ampliaciones de embargos y demandas, así como embargos en rebeldía, devengará el procurador la cantidad de 37,15 euros por cada una de las incidencias.

3. Por las actuaciones de investigación patrimonial que se hubieran realizado, el procurador devengará la cantidad de 30 euros.

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