Legislación › Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.
Artículo 41. Sustracción de documentos de crédito.
Artículo 41. Sustracción de documentos de crédito.
En los expedientes sobre denuncia de sustracción, extravío o destrucción de documentos de crédito y efectos al portador, se devengarán 37,15 euros, y se duplicará la percepción en caso de oposición a la denuncia.


