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Legislación › Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.

Artículo 42. Otros procedimientos mercantiles.

Artículo 42. Otros procedimientos mercantiles.

1. En el expediente de calificación de averías y liquidación a la gruesa y contribución a ésta, se devengarán los derechos con arreglo a la siguiente escala:

Hasta euros

Euros

300,51

13,22

601,01

19,83

12.020,24

39,66

30.050,61

66,11

Cuando exceda de 30.050,61 euros, 99,16 euros.

2. En los procedimientos de descarga, abandono e intervención de efectos mercantiles, el procurador devengará 26 euros, y se duplicará la percepción en caso de oposición.

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