Legislación › Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos.
Artículo 34. Cuestiones litigiosas extrajudiciales.
Artículo 34. Cuestiones litigiosas extrajudiciales.
Las partes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, podrán someterse libremente al arbitraje en los términos previstos en la legislación aplicable en la materia.


