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Legislación › Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros.

Artículo 20. El Consejo de Gobierno.

Artículo 20. El Consejo de Gobierno.

El Consejo de Gobierno, es el órgano que, bajo la autoridad del Presidente, dirige la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejerce la iniciativa legislativa, la función ejecutiva y la potestad reglamentaria, de conformidad con la Constitución, el Estatuto de Autonomía y las leyes.

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