Legislación › Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.
ANEXO I
ANEXO I
Modelo 1
Téngase en cuenta que este modelo ha sido modificado por el art. 1 de la Orden ITC/1469/2007, de 18 de mayo. BOE-A-2007-10704.:
Uno. El título del anexo I queda redactado del siguiente modo:
ANEXO I Solicitud de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos a efectos de aplicación e interpretación de deducciones fiscales y bonificaciones de cotizaciones a la Seguridad Social
Dos. En el modelo 1 se añade en el «Tipo de Informe Solicitado» un apartado d), con el siguiente contenido:
d) Informe motivado, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos del personal investigador, a los efectos de aplicar las correspondientes bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social que regula la disposición adicional vigésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Tres. En el modelo 1 se añade un nuevo apartado en el punto 1.3 (Datos de tamaño de la empresa) que indique la dimensión de la empresa solicitante, quedando redactado del siguiente modo:
Dimensión de la empresa
Pyme
SÍ
NO
Cuatro. En el modelo 1 se añade un nuevo apartado en el punto 1.4 («Datos del Proyecto») que indique si el proyecto ha dado lugar a una patente o modelo de utilidad o ha obtenido un Informe Tecnológico de Patentes de la Oficina Española de Patentes y Marcas, quedando redactado del siguiente modo:
Título del proyecto
Fecha de inicio
Fecha de finalización
El proyecto ha dado lugar a una patente o modelo de utilidad o ha obtenido un Informe Tecnológico de Patentes de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 5 del Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto 2/2007, de 12 de enero.
Cinco. En el modelo 1 se añade un nuevo apartado en el punto 1.4 («Datos del Proyecto») que indique el ejercicio fiscal a que se refieren los gastos deducibles del proyecto, quedando redactado en los siguientes términos:
EJERCICIO FISCAL al que se refiere el Informe
Se modifica por el art. 1 de la Orden ITC/1469/2007, de 18 de mayo. BOE-A-2007-10704.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de mayo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-10704 | Leer | Qué cambió |
| 30 de noviembre de 2003 | Texto original | Leer |


