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Legislación › Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres.

Artículo 29. Colaboración ciudadana.

Artículo 29. Colaboración ciudadana.

Constituye un deber de todo ciudadano dar aviso a las autoridades competentes del hallazgo de ejemplares de especies amenazadas que se encuentren heridos o en grave riesgo para sus vidas. A tal efecto se difundirá ampliamente el contenido del Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas y se promoverán programas de comunicación y participación social que posibiliten la corresponsabilidad activa de todos en su defensa.

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