Legislación › Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres.
Artículo 29. Colaboración ciudadana.
Artículo 29. Colaboración ciudadana.
Constituye un deber de todo ciudadano dar aviso a las autoridades competentes del hallazgo de ejemplares de especies amenazadas que se encuentren heridos o en grave riesgo para sus vidas. A tal efecto se difundirá ampliamente el contenido del Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas y se promoverán programas de comunicación y participación social que posibiliten la corresponsabilidad activa de todos en su defensa.


