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Legislación › Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

Artículo 19 sexies. Enfoque personalizado de los servicios.

Artículo 19 sexies. Enfoque personalizado de los servicios.

1. El acceso de las personas desempleadas a los Servicios Públicos de Empleo se efectuará mediante su inscripción y recogida de datos en una entrevista inicial que conllevará una valoración de los servicios que requiere para su inserción laboral. De acuerdo con ello, y en colaboración con las personas desempleadas, se determinará, si procede, el comienzo de un itinerario individual y personalizado de empleo en función del perfil profesional, competencias profesionales, necesidades y expectativas de la persona, junto a la situación del mercado de trabajo y a criterios vinculados con la percepción de prestaciones, la pertenencia a colectivos definidos como prioritarios y aquellos que se determinen en el marco del Sistema Nacional de Empleo.

2. La articulación del itinerario individual y personalizado de empleo se configura como un derecho para las personas desempleadas y como una obligación para los Servicios Públicos de Empleo.

Se modifica el apartado 1 por el art. 114.15 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre. BOE-A-2014-10517.

Se modifica el apartado 1 por el art. 114.15 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio. BOE-A-2014-7064.

Se añade por el art. 8 del Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero. BOE-A-2011-3255.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de octubre de 2014 En vigor BOE-A-2014-10517 Leer Qué cambió
5 de julio de 2014 BOE-A-2014-7064 Leer Qué cambió
20 de febrero de 2011 BOE-A-2011-3255 Leer

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