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Legislación › Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

Disposición adicional segunda. Empresas de trabajo temporal.

Disposición adicional segunda. Empresas de trabajo temporal.

Las empresas de trabajo temporal ajustarán su actividad a lo establecido en la normativa reguladora de las mismas.

No obstante, podrán actuar como agencias de colocación si se ajustan a lo establecido respecto de dichas agencias en esta ley y sus disposiciones de desarrollo, incluida la obligación de garantizar a los trabajadores la gratuidad por la prestación de servicios.

Se modifica por el art. 1.8 de la Ley 3/2012, de 6 de julio. BOE-A-2012-9110.

Se modifica por el art. 1.5 del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero. BOE-A-2012-2076.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9110 Leer Qué cambió
12 de febrero de 2012 BOE-A-2012-2076 Leer Qué cambió
6 de enero de 2004 Texto original Leer

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