Legislación › Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
Disposición transitoria segunda. Gestión de políticas activas por el Servicio Público de Empleo Estatal.
Disposición transitoria segunda. Gestión de políticas activas por el Servicio Público de Empleo Estatal.
El Servicio Público de Empleo Estatal gestionará las políticas activas de empleo relativas a la intermediación y colocación en el mercado de trabajo, fomento de empleo en el ámbito estatal, formación profesional y continua, mientras la gestión de la misma no haya sido objeto de transferencia a las comunidades autónomas.
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